El decreto fue emitido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 356 de la Ley núm. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.
La entidad, a continuación, pasaría a denominarse Operadora Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA).
El decreto dispone que la empresa sea constituida de conformidad con la Ley núm. 479-08 General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales, momento a partir del cual tendrá personería jurídica, patrimonio propio y capacidad para contraer obligaciones comerciales y contractuales, según su propio mecanismo de dirección y control.
La OMSA quedará adscrita al Ministerio de la Presidencia. La propiedad de la empresa será estrictamente estatal y sus accionistas serán el Estado dominicano, representado por el ministro de Hacienda, con el 99.9% del capital social, y el Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER), o su continuador jurídico, con el 0.1% del capital social, indica el decreto de acuerdo a un comunicado de la Presidencia de la República.
Su órgano de gobierno superior será el Consejo de Administración, integrado por cinco miembros, de los cuales tendrán voz y voto los ministros de la Presidencia, de Hacienda y de Obras Públicas y Comunicaciones.
También integrarán el Consejo de Administración el vicepresidente ejecutivo de la OMSA, quien fungirá como administrador general, y el secretario de la OMSA. Ambos serán designados mediante decreto del presidente de la República.