Nuevas reglas de la JCE eliminarán registros sin consentimiento y depurarán padrones desde agosto de 2026
Santo Domingo, República Dominicana. – La Junta Central Electoral (JCE) aprobó un nuevo reglamento que impedirá la militancia en más de un partido político y eliminará registros realizados sin consentimiento de los ciudadanos, conforme a la Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
El Pleno del órgano electoral dio luz verde al “Reglamento que instituye el proceso para el registro de afiliaciones y de desafiliaciones de los miembros de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos ante la JCE”, el cual obliga a las organizaciones a entregar sus listas de afiliados a partir del 1 de agosto de 2026.
Afiliados en más de un partido serán declarados inactivos
El artículo 4 establece que los padrones serán depurados por las direcciones de Informática y de Partidos de la JCE. Solo serán válidos los ciudadanos registrados en un solo partido político.
Si un votante figura afiliado a más de una organización, será considerado “inactivo”. Además, la afiliación o aceptación en otro partido implicará una renuncia automática a la membresía anterior.
Cuando al intentar registrar a una persona con su cédula el sistema detecte que ya está inscrita en otro padrón, también será clasificada como inactiva.
Proceso de apelación y requisitos biométricos
El reglamento dispone que los ciudadanos que deseen apelar su estatus de inactividad deberán presentar sus credenciales ante la JCE. También deberán dejar sus datos biométricos y aportar evidencia física que respalde su afiliación.
En caso de renuncia voluntaria, el afiliado deberá notificarlo por escrito al partido correspondiente. La organización tendrá 30 días para registrar la desafiliación en la plataforma digital de la JCE, adjuntando copia de la comunicación.
Plataformas digitales y control de afiliaciones
Cada partido podrá desarrollar su propia plataforma digital de afiliación, siempre que sea compatible con la de la JCE. También podrá utilizar directamente la plataforma del órgano electoral. Para ello, deberá designar un administrador responsable del sistema.
El registro de afiliación deberá incluir nombre, número de cédula, ID del municipio o distrito municipal, código de circunscripción, fecha de afiliación y el documento que respalde la inscripción.
Con este reglamento, la JCE busca evitar casos en los que dirigentes aparezcan inscritos en otras organizaciones sin su consentimiento y eliminar inconsistencias en los padrones partidarios.
Funcionarios que no pueden afiliarse
El artículo 7 establece que militares, miembros de la Policía Nacional, jueces de altas cortes, fiscales del Ministerio Público, colaboradores de la JCE, integrantes de la Cámara de Cuentas y del Defensor del Pueblo no pueden empadronarse en partidos políticos.
Asimismo, quienes aspiren a ingresar a esos órganos deberán presentar una declaración jurada sobre su afiliación política. En caso de estar inscritos en una organización, deberán cancelar su empadronamiento.
El Pleno de la JCE, encabezado por Román Jáquez Liranzo e integrado por Dolores Fernández, Samir Chami Isa, Hirayda Fernández y Rafael Vallejo, sometió el reglamento a consideración de los delegados de los partidos políticos, quienes dieron su aprobación.
La nueva normativa marca un cambio en el control de las afiliaciones partidarias y busca garantizar mayor transparencia en los padrones políticos del país.




