Después de décadas al volante, el periodista Silvio Cabrera se encontró en 2024 con una situación que consideró injusta. Al visitar el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) para renovar su licencia de conducir, le informaron que, como su edad superaba los 65, el documento sólo tendría una vigencia de dos años.
Además de acortar el tiempo, también le dijeron que debería pagar el mismo precio establecido para una licencia de cuatro años.
“Me están violando mis derechos”, recuerda Cabrera que respondió al personal que le asistió en ese entonces.Para el periodista, la medida constituía una marginación hacia las personas mayores por lo que junto a sus colegas José Antonio Torres, Héctor Minaya, Leo Corporán y Christian Oviedo elevó un recurso de amparo por ante el Tribunal Superior Administrativo.
Lo que comenzó como una experiencia personal se volvió una batalla que se hizo pública y judicial.
Al recurso presentado por Cabrera, se sumó una demanda de los hermanos Fanny Josefina y Héctor Manuel Melo Abreu que encontró respuesta en el Tribunal Constitucional (TC) con la sentencia TC/0904/26 que anuló la disposición que establecía una vigencia de dos años para las licencias de conducir de las personas mayores de 75 años.
Reacción de los periodistas
Para Héctor Minaya, antiguo jefe de redacción de El Nacional, la decisión del TC representa un punto relevante en materia de protección. “Esta resolución constituye un hito al fortalecimiento del Estado social democrático de derecho y la garantía fundamental de la República Dominicana de esos derechos”, afirmó el hombre que pasó de escribir sobre otros a ser parte activa de un caso que establece un precedente en la lucha contra el edadismo en el país.
Su lectura del dictamen se concentra en varios principios considerados por la corte. Entre ellos la igualdad y no discriminación, seguridad jurídica, proporcionalidad, dignidad humana e inclusión. Además, Minaya plantea que la decisión reconoce la autonomía, movilidad y libre desarrollo de la personalidad de las personas adultas mayores.
Controversia en el Tribunal
La controversia tuvo otro protagonista cuando los efectos del decreto de los 65 años tocaron las puertas del propio TC, con lo ocurrido al juez José Alejandro Vargas.
En mayo de 2026 acudió a una oficina del Intrant para renovar su licencia. Allí le pasó lo mismo que a Cabrera. En redes sociales, Vargas hizo pública su inconformidad con un escrito titulado “Barriendo la dignidad de los envejecientes”.
En su mensaje cuestionó que, en un Estado Social y Democrático de Derecho, una persona recibiera un tratamiento distinto ante la ley por razón de su edad. También recordó el artículo 39 de la Constitución —que prohíbe la discriminación por ese motivo— y la obligación de protección reforzada hacia las personas mayores.
Cinco días después de su denuncia, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto 330-26. La disposición trató de corregir la situación, pero rodó la restricción de los dos años para quienes superaran los 75.
Acción directa de inconstitucionalidad
Mientras los periodistas mantenían su recurso ante el Tribunal Superior Administrativo, los hermanos Fanny Josefina y Héctor Manuel Melo Abreu llevaron la controversia hasta el TC al interponer una Acción Directa de Inconstitucionalidad.
Al hacerlo, cuestionaron la propia norma para que la expulsaran del ordenamiento jurídico. Ese proceso terminó con la sentencia emitida en septiembre de este año. Los jueces sostuvieron que establecer los 75 años como único criterio para reducir el período de vigencia de una licencia y aumentar la frecuencia de renovación imponía una carga económica superior a ese grupo.
También tomaron en cuenta que, antes de otorgar una licencia, el Intrant debe verificar la capacidad del conductor mediante los mecanismos establecidos, incluido el certificado médico psicofísico.
Para Silvio Cabrera, la decisión es motivo de alegría. Su preocupación, sin embargo, trasciende el caso de las licencias.
“Hay mucha discriminación en contra de los envejecientes”, asegura. “Lo que más me preocupa es que hay una institución encargada de defender a los envejecientes y yo no he visto que haya hecho nada al respecto. Les consulté para una serie de reportajes sobre el tema] y nunca me respondieron”.
La controversia también se produjo en un contexto en el que las autoridades utilizaron criterios de edad para establecer políticas relacionadas con la seguridad vial. Según las cifras recopiladas en el Boletín sobre Juventud No. 01-2026, entre 2007 y 2024, las personas de 15 a 35 años representaron el 38.80 % de las muertes ocasionadas por accidentes de tránsito registradas a nivel nacional. Para 2026, los datos disponibles del Observatorio Permanente de Seguridad Vial muestran que los grupos de 20 a 24, 25 a 29 y 30 a 34 años concentran individualmente las mayores proporciones dentro de la distribución de fallecidos por rango de edad.
Fuente: www.diariolibre.com






