El Gobierno depositó en el Senado un proyecto de ley que busca tipificar y sancionar el reclutamiento, la utilización y la participación de menores de 18 años en grupos armados irregulares y organizaciones delictivas.
La propuesta contempla que las víctimas menores de edad no serán penalmente responsables por los hechos que cometan y destaca que esa protección se aplique incluso cuando los menores hayan participado en actos violentos.
El artículo 22 precisa que esa exención se refiere a hechos cometidos como consecuencia directa del sometimiento, la coacción, la instrumentalización o hechos derivados del reclutamiento.
El proyecto establece, además, que los menores víctimas no podrán ser sometidos a medidas punitivas, disciplinarias o sancionatorias por su sola vinculación, permanencia, fuga, deserción o desvinculación del grupo armado irregular.
La iniciativa dispone que estos menores de edad deberán recibir medidas de protección, atención médica y psicológica, restitución de derechos y reintegración social.
Busca castigar el reclutamiento de niños y adolescentes
El proyecto tiene como objetivo castigar con 15 a 20 años de prisión a quienes recluten, utilicen, incorporen o retengan a menores de edad en grupos armados irregulares y organizaciones delictivas.
Las sanciones podrían elevarse a un rango de 20 a 30 años cuando se presenten circunstancias agravantes, entre ellas que la víctima tenga menos de 14 años, que haya violencia, amenazas, secuestro o privación ilegítima de libertad, o que el menor sea destinado a cometer delitos graves, como homicidio, extorsión o tráfico de drogas.
También se contemplan agravantes cuando el responsable se aproveche de la pobreza extrema, el abandono o la vulnerabilidad de la víctima, cuando utilice medios digitales para captar menores o cuando sea una persona con autoridad, custodia o confianza sobre ellos.
La propuesta incluye como formas de cometer estos delitos la captación mediante engaños, promesas, intimidación o presión grupal, así como el contacto con menores a través de redes sociales, servicios de mensajería y otras plataformas digitales.
Otras consecuencias para los responsables
La iniciativa también permite que los tribunales impongan medidas adicionales a la prisión y las multas, como la inhabilitación para ejercer funciones relacionadas con el cuidado, la formación, la custodia o la seguridad de menores.
Asimismo, contempla la reparación de los daños causados a las víctimas, incluidos los gastos de atención médica, psicológica, rehabilitación y reintegración social.
Uno de los aspectos del proyecto es el tratamiento que propone para los menores víctimas de reclutamiento. La iniciativa contempla que su condición de víctima no dependa de que hayan portado armas o participado en actos violentos.
En ese sentido, el proyecto busca evitar que los menores que hayan sido utilizados por bandas u organizaciones sean castigados penalmente por hechos directamente relacionados con esa situación de victimización.
El proyecto también prohíbe que sean sancionados por su sola permanencia en el grupo o por abandonarlo, y dispone que reciban atención y medidas de protección orientadas a recuperar sus derechos.
La iniciativa se fundamenta, entre otras disposiciones, en la protección reforzada de los derechos de niños, niñas y adolescentes establecida en la Constitución y en la Convención sobre los Derechos del Niño.
Fuente: Política






